Autor: Sandra Liliana Martínez León

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi, mediante Resolución No. 421-2015/CDA sancionó a la sociedad de gestión colectiva Inter Artis Perú con una multa de 50 UIT (unidades impositivas tributarias), por no acatar en debida forma la Ley sobre el Derecho de Autor y la Ley del Artista Intérprete y Ejecutante de Perú.

La resolución emitida por la Comisión de Derecho de Autor, fundamenta su decisión en el incumplimiento que la sociedad de gestión colectiva Inter Artis Perú cometió al no presentar la documentación pertinente para determinar que las tarifas establecidas por dicha entidad cumplían con los principios de razonabilidad, equidad y proporcionalidad establecidos en la Ley sobre el Derecho de Autor. 

Otro de los motivos de la sanción se presentó debido a que la tarifa aplicada por Inter Artis Perú, no fue establecida de común acuerdo con la sociedad colectiva de productores de videogramas, tal cual lo establece el Reglamento de la Ley del Artista Intérprete y Ejecutante.

Inter Artis Perú es una de las siete sociedades de Gestión Colectiva en el Perú, autorizada por el INDECOPI mediante la Resolución No. 0055-2011/DDA para gestionar los derechos de propiedad intelectual de las actuaciones de los artistas e intérpretes. Inter Artis Perú es afiliada a LATIN ARTIS, que es una organización no gubernamental de iberoamericano integrada por las Sociedades de Gestión Colectiva del Audiovisual de América Latina, España y Portugal.

El texto del Comunicado Oficial puede ser consultado aquí.