Autor: Ana María Muñoz Salas

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Nación Argentina decidió, en mayo de 2015, una demanda de responsabilidad extracontractual y violación a los derechos de autor a causa de la transmisión de un programa de televisión conocido como “televisión por la identidad” por parte de la reconocida productora televisiva argentina Telefe, que según los demandantes, constituía un plagio del formato televisivo que presentaron a esta productora tiempo atrás.

La parte demandante sostuvo que después de realizar acercamientos con los directivos de Telefe y realizar la entrega de los libretos del proyecto para realizar la producción conjunta del programa, el canal de televisión se alejó de lo acordado y llevó a cabo de manera independiente y sin su autorización, la producción y transmisión en televisión abierta de este formato televisivo.

Por su parte, Telefe sostuvo que las reuniones llevadas a cabo con la parte demandante no prosperaron en ningún acuerdo y que Telefe no se había apropiado del formato televisivo, pues la redacción de los guiones fue realizada por otra persona que tenía convenio de exclusividad con ese canal de televisión.

La Cámara consideró que existen elementos que se incluyen en los formatos televisivos, que sí pueden ser reputados como originales, por lo tanto resultan merecedores de protección por el régimen de la propiedad intelectual argentino. En consecuencia, la Cámara decretó que existía plagio por cuanto Telefe utilizó elementos originales del formato televisivo presentado por los demandantes. De otra parte, consideró que además existía responsabilidad precontractual teniendo en cuenta el avance de las reuniones y negociaciones.

El texto completo de la sentencia puede consultarse aquí.