El pasado 25 de marzo de 2020, en ejercicio de las funciones conferidas dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por la pandemia del Covid-19, el Presidente de la República de Colombia expidió el Decreto 475 de 2020 por el cual se dictan medidas especiales relacionadas con el sector Cultura.

Este Decreto establece destinaciones transitorias de los recursos de la contribución parafiscal de espectáculos públicos de artes escénicas, para apoyar el sector cultural de artes escénicas, en las actividades de creación, formación virtual, producción y circulación de espectáculos públicos de artes escénicas.

Este Decreto también extiende los plazos para la declaración y el pago de la contribución parafiscal de espectáculos públicos de artes escénicas, tanto para productores permanentes, como para productores ocasionales, así como también para el pago de la cuota para el desarrollo cinematográfico de la Ley 814 de 2003.

A su vez, el Ministerio de Cultura realizó una cartilla explicando el ABC del Decreto 475 de 2020, la cual puede ser consultada aquí.

Para consultar el texto completo del Decreto 475 de 2020, haga clic aquí.